Este reporte presentamos un resumen de los principales cambios introducidos por el Senado de la República al texto de la reforma laboral previamente aprobado en la Cámara de Representantes, así como los pasos pendientes dentro del proceso legislativo para la promulgación de la ley.
CAMBIOS PRINCIPALES DEL SENADO RESPECTO A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES.
– Eliminación de Artículos:
- Artículo 9: Estabilidad laboral reforzada para ciertos trabajadores (madres gestantes, prepensionados, etc.).
- Artículo 37: Regulación del trabajo de tiempo parcial.
- Artículo 38: Unidad de trabajo especial.
- Artículo 63: Garantías reforzadas al derecho de asociación sindical.
- Artículo 76: Mejores condiciones laborales para transportadores de carga y pasajeros.
- Adición y Ajuste de Artículos:
- Artículo 23: El contrato de aprendizaje del SENA se transforma en un contrato laboral formal, con todas las garantías laborales para los aprendices.
- Artículo 74: Formalización laboral progresiva para madres comunitarias y sustitutas, con ajustes en la redacción respecto a la Cámara.
- Artículo 75: Formalización laboral de manipuladores de alimentos del Programa de Alimentación Escolar (PAE).
- Artículo 54: Fomento del crecimiento verde en políticas laborales.
- Artículo 66: Representación paritaria o proporcional en organizaciones laborales.
- Artículo 61: Protección ante la automatización laboral.
- Artículo 68: Regulación de plazos para reclamaciones laborales.
- Otros Cambios Relevantes:
- Jornada nocturna: Se fija el inicio a las 7:00 p.m., sin excepciones para micro y pequeñas empresas.
- Recargos dominicales y festivos: Incremento gradual al 100% hasta 2027.
- Eliminación del trabajo por horas: Se suprime la posibilidad de contratación por horas.
- Reducción de artículos: El texto del Senado quedó con 70 artículos, frente a los 81 de la Cámara.
PRÓXIMOS PASOS EN EL PROCESO LEGISLATIVO
– Conciliación:
Se conforma una comisión accidental con igual número de senadores y representantes para unificar los textos y resolver las diferencias.
La comisión revisa cada discrepancia y elabora un texto conciliado. Ayer en horas de la noche llegaron a un acuerdo sobre la ponencia que fue aprobada en el senado.
- Aprobación del informe de conciliación: El texto conciliado debe ser aprobado por las plenarias de ambas cámaras antes del 20 de junio de 2025.
- Sanción presidencial: Si ambas cámaras aprueban el texto conciliado, el proyecto pasa al presidente para su sanción y promulgación oficial.
- Entrada en vigor: La reforma entrará en vigor 30 días después de su publicación oficial.
CONCLUSIÓN
El Senado realizó cambios sustanciales al texto original aprobado por la Cámara, eliminando y ajustando varios artículos clave. Actualmente, la reforma se encuentra en etapa de conciliación. El éxito del proceso depende de la aprobación del texto unificado antes del 20 de junio de 2025, tras lo cual podrá ser sancionada y entrar en vigor.
En vista de los grandes pasos a que ha tenido la reforma laboral, en APROA nos encontramos estudiando el mejor plan de acción para su implementación, teniendo en cuenta los artículos que cumplan o no con la aprobación de la reforma laboral.
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